25 DE NOVIEMBRE - Día Internacional de la No Violencia contra la Mujer
De manera universal se entiende por “violencia contra la mujer” todo acto de violencia basado en la pertenencia al sexo femenino, que tenga o pueda tener como resultado un daño o sufrimiento físico, sexual o sicológico para la mujer, así como las amenazas de tales actos, la coacción o la privación arbitraria de la libertad, tanto si se producen en la vida pública como en la vida privada.
El instrumento rector por excelencia acerca de este tema es la Declaración sobre la eliminación de la violencia contra la mujer, emitida el 20 de diciembre de 1993. En su artículo cuarto dice que los estados deben condenar la violencia contra la mujer y no invocar ninguna costumbre, tradición o consideración religiosa para eludir esa obligación.
Además, la proclama aconseja a los Estados la aplicación de políticas encaminadas a eliminar la violencia contra la mujer recordando sus derechos fundamentales:
- El derecho a la vida.
- A la igualdad.
- A la libertad y seguridad de la persona.
- A igual protección ante la ley.
- A librarse de toda forma de discriminación.
- Al mayor grado de salud física y mental que se pueda alcanzar.
- A condiciones justas de trabajo y favorables.
- A no ser sometida a tortura, ni a tratos o penas crueles, inhumanas o degradantes.
No permitamos que actos así sigan ocurriendo, no le demos oportunidad a enfermos de ensañamientos contra una persona, o simplemente seremos cómplices de tamaña injusticia.



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